El PSOE ganó en 2011 un recurso en el Constitucional idéntico al planteado ahora por el PP
Alegó que las enmiendas deben ser siempre sobre la materia del texto que tratan de modificar
Golpe consumado: Sánchez deroga la sedición, rebaja la malversación y asalta el Poder Judicial
Pumpido forzó al presidente del Constitucional a suspender el Pleno bajo amenaza de dejarlo sin quórum
Magistrados del Constitucional creen que se puede frenar a Sánchez antes de que el Senado valide el golpe
El PSOE ganó en 2011 un recurso de amparo en el Tribunal Constitucional interpuesto contra el PP por los mismos motivos por los que ahora los populares recurren las enmiendas de Pedro Sánchez para asaltar el Poder Judicial. Un grupo de 62 senadores recurrieron ante el Tribunal de Garantías la Ley Orgánica complementaria de la Ley de Arbitraje aprobada durante el Gobierno de José María Aznar por contener, vía enmienda, una reforma en el Código Penal que no guardaba relación con la norma aprobada. El Constitucional dio la razón a los socialistas asegurando que se había vulnerado su derecho parlamentario recogido en la Carta Magna.
Senadores de izquierda recurrieron en amparo ante el Constitucional el acuerdo de la Mesa del Senado de diciembre de 2003, por el que se confirma el que se aprobó el proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de arbitraje y que incluía una enmienda para tipificar el delito de convocatoria ilegal de elecciones generales, autonómicas o locales o consultas populares por vía de referéndum, así como el de su promoción o participación como interventores en el Código Penal. Los recurrentes alegaron que existe jurisprudencia al respecto, el Constitucional en su sentencia 23/1990, de 15 de febrero, acordó que las enmiendas deben versar siempre sobre la materia a la que se refiere el proyecto de ley que tratan de modificar.
Los demandantes llevaron hasta el tribunal una norma que todavía no había sido aprobada porque habían visto vulnerado su ius in officium senatorial y, por ende, del derecho fundamental proclamado en el artículo 23 de la Constitución española al no poder «ejercer su función legislativa consistente en presentar enmiendas». Esto es exactamente lo mismo por lo que ahora los populares recurren ante la Corte de Garantías el asalto de Sánchez al Poder Judicial.
Asalto a la Justicia
Este jueves, el Gobierno consumó su golpe al Estado de Derecho para satisfacer a sus socios independentistas y mantenerse en La Moncloa. De la mano de separatistas y proetarras -con 184 votos a favor frente a 64 en contra y una abstención- el presidente socialista sacó adelante una insólita reforma del Código Penal por la que se aniquila el delito de sedición y, vía enmienda, rebaja hasta el mínimo la malversación e impone un vuelco en el Tribunal Constitucional forzando un cambio en el sistema de elección para asegurarse una mayoría progresista en el órgano máximo garante de la Carta Magna.
El Gobierno ha maniobrado en el Congreso para una tramitación exprés, a fin de que los cambios puedan entrar en vigor ya a finales de año, saltándose además los informes preceptivos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Consejo de Estado. Así, Sánchez ha aprovechado la tramitación de la proposición de ley por la que se suprime el delito de sedición para introducir, vía enmienda, la rebaja de la malversación y la eliminación de la mayoría de tres quintos necesaria en el CGPJ para elegir a los dos magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponden.
La reforma del Ejecutivo es una nueva cesión de Sánchez -que no ha estado presente en el hemiciclo- a los líderes condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre a cambio de asegurar su supervivencia en el poder. La eliminación del delito de sedición deja al Estado de Derecho sin herramientas para combatir una eventual declaración de independencia sin altercados, ya que tanto el delito de desórdenes como el de rebelión, aún vigente, exigen la existencia de violencia. A todo ello se suma que el Gobierno lo niega en público, pero prepara una reforma del Estatut que incluya lo que los de Oriol Junqueras han renombrado como acuerdo de claridad, un marco legal para introducir la posibilidad de realizar consultas vinculantes y para ello necesita tener controlado al Tribunal Constitucional que declare legal dicha operación. De ahí el interés de Sánchez en renovarlo –y modificar si es necesario vía enmienda el sistema de elección de los jueces– para poner al frente del tribunal a Cándido Conde-Pumpido que le ayudará a consumar su golpe.
Ahora, los populares han solicitado al Constitucional paralizar de manera cautelar esta tramitación alegando que se ha visto vulnerado su derecho parlamentario. Lo mismo que los socialistas hicieron en el año 2003 y que el órgano de garantías reconoció vulnerado anulando los acuerdos aprobados por el PP al considerar que las enmiendas no estaban relacionadas con la ley tramitada.